Oferta real de pago en ocasión de un proceso de
resiliación contractual por falta de pago
- Característica o descripción: Es el mecanismo que tiene el deudor de librarse de su obligación de pago cuando el acreedor, por cualquier razón, no acepta voluntariamente el pago.
- Fundamento legal: artículos 1257 del Código Civil; artículos 12 y 13 del Decreto núm. 4807; Ley núm. 4314, modificada por la Ley 17-88.
- Procedimiento:
El inquilino demandado en audiencias puede ofrecer las sumas adeudadas por concepto de pago de alquiler. Si no es aceptada la oferta, el tribunal verifica su procedencia y dispone, si es válida, su consignación ante el Banco Agrícola o entidad correspondiente.
Requisitos:
Suma dineraria para ser presentada en audiencia.
Social Plugin